Legality AbogadosPenalistas en Madrid
Orientación penal en Madrid en asuntos relacionados con delitos informáticos.
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La digitalización ha multiplicado exponencialmente los delitos informáticos. En Legality Abogados defendemos a personas investigadas y representamos a víctimas de ciberdelincuencia, colaborando con peritos informáticos forenses para aportar o destruir pruebas digitales irrefutables.
El rastreo de IPs, el análisis de metadatos y la cadena de custodia de la evidencia digital son la clave para ganar o perder el juicio. Nuestro equipo jurídico domina el derecho tecnológico.
La mayoría de los asuntos de ciberdelincuencia que se tramitan en los juzgados de Madrid encajan en un número limitado de figuras delictivas. Conocerlas ayuda a entender qué está pasando, tanto si usted es la persona investigada como si es la víctima.
Estas conductas no están dispersas de forma arbitraria: el Código Penal las regula en títulos concretos, con penas que varían según la gravedad del hecho y si concurren agravantes. Esta es la tipificación vigente:
| Delito | Artículo CP | Pena |
|---|---|---|
| Descubrimiento y revelación de secretos (apoderamiento de correos, datos o comunicaciones) | Art. 197.1 y 197.2 CP | Prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses |
| Acceso ilícito a sistema de información | Art. 197 bis.1 CP | Prisión de 6 meses a 2 años |
| Interceptación de transmisiones no públicas de datos informáticos | Art. 197 bis.2 CP | Prisión de 3 meses a 2 años o multa de 3 a 12 meses |
| Producción o facilitación de malware, contraseñas o códigos de acceso | Art. 197 ter CP | Prisión de 6 meses a 2 años o multa de 3 a 18 meses |
| Estafa informática (manipulación informática para transferencia no consentida) | Arts. 248 y 249 CP | Prisión de 6 meses a 3 años (multa de 1 a 3 meses si lo defraudado no supera 400 €) |
| Daños informáticos | Art. 264.1 CP | Prisión de 6 meses a 3 años |
| Daños informáticos agravados (organización criminal, especial gravedad, servicios esenciales) | Art. 264.2 CP | Prisión de 2 a 5 años y multa del tanto al décuplo del perjuicio |
| Acoso persistente / stalking | Art. 172 ter.1 CP | Prisión de 3 meses a 2 años o multa de 6 a 24 meses |
| Uso de imagen ajena para crear perfiles falsos con fin de acoso u humillación | Art. 172 ter.5 CP | Prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 12 meses |
Sobre la suplantación de identidad conviene una aclaración: el Código Penal no tiene un artículo único que la castigue como tal. El art. 401 CP castiga la usurpación del estado civil con prisión de 6 meses a 3 años, pero la jurisprudencia ha tenido dificultades para aplicarlo a la simple creación de un perfil falso en redes sociales. Por eso la Ley Orgánica 10/2022 introdujo el apartado 5 del art. 172 ter, pensado específicamente para cubrir ese hueco cuando hay acoso u humillación de por medio. Qué artículo se aplica a un caso concreto de suplantación depende de los hechos.
La mayoría de estos delitos, al llevar aparejada una pena máxima de hasta cinco años de prisión, prescriben a los cinco años desde su comisión (art. 131 CP). Los subtipos agravados con pena superior a cinco años amplían este plazo a diez años.
Si es usted la persona investigada, lo primero es no declarar ante la Policía sin abogado presente: tiene derecho a asistencia letrada desde el primer momento y a no declarar contra sí mismo (art. 24 CE, art. 520 LECrim). No borre nada de sus dispositivos ni intente «arreglar» la situación por su cuenta: en delitos informáticos la prueba pericial digital es central, y una manipulación posterior de los datos puede perjudicarle más que el hecho original. La instrucción del caso corresponde al Juzgado de Instrucción competente por el lugar de comisión o de producción de los efectos del delito, que puede coordinarse con unidades especializadas como la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional o el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil.
Si es usted la víctima, la rapidez importa: muchas denuncias por fraude online fracasan no por falta de delito, sino por pérdida de pruebas. Conserve capturas de pantalla, correos, logs de acceso, comprobantes de transferencia y cualquier comunicación con el presunto autor antes de que desaparezcan. Puede presentar denuncia en cualquier comisaría de Policía Nacional o puesto de la Guardia Civil, o directamente ante las unidades especializadas (BIT o GDT). Cuanto antes se active la investigación, mayor es la posibilidad real de bloquear cuentas fraudulentas o recuperar el dinero.
En ambos casos, el primer paso práctico es el mismo: hablar con un abogado penalista antes de dar cualquier paso formal, no después.
Legality Abogados, dirigido por Pedro Fernández Bernal, abogado colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), es un despacho especializado en derecho penal con foco en ciberdelincuencia. Esto no es un área añadida a un catálogo general: los delitos informáticos exigen entender tanto la parte jurídica (qué artículo del Código Penal aplica realmente a los hechos, no el que suena más parecido) como la parte técnica (cómo se obtiene, se preserva y se impugna una prueba digital).
Si está siendo investigado por un delito informático, el despacho analiza su caso desde la primera declaración para construir la defensa antes de que se fijen posiciones difíciles de revertir. Si es usted la víctima, el trabajo se centra en que la denuncia y la prueba aportada sean sólidas desde el primer día, que es cuando más se juega. No se ofrecen garantías de resultado — nadie serio las da en un proceso penal — pero sí un análisis riguroso de cada caso concreto.
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