Llámanos: telf 24 h + 34 649117806 . calle General Pardiñas 92, 1º Izq.-28006 -Madrid .
Escríbenos: info@legalityabogados.com

Delitos Derecho Penal

EL CODIGO PENAL Y SU ESTRUCTURA

En el codigo Penal encontramos estructurados en grandes apartados los TIPOS DE DELITOS SIENDO LOS MAS PENADOS LOS QUE CONLLEVAN EL RIESGO PARA LA VIDA HUMANA, homicidio, asesinato.

* DELITOS CONTRA LAS PERSONAS que es el bien jurídico protegido y gradualmente se situan Los delitos de LESIONES, Relaciones familiiares,VIOLENCIA DE  GENERO,
*DELITOS contra la Salud Pública, trafico de estupefacientes, Droga, distinguiendo entre Droga Dura (Cocaína), Droga Blanda( Hachis)

*LOS DELITOS ECONOMICOS ,
*DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO, ejemplo robo , hurto, estafa, Delitos contra la Hacienda Publica, delitos transacciones internacionales,
*DELITOS Contra el Estado, Delitos DE TERRORISMO,
+Delitos contra los Derechos Fundamentales de las Personas, trafico humano de personas, DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL.

En la graduacion de las penas se tiene en cuenta si hay circunstancias que eximen o atenuan la responsabilidad criminal, como por ejemplo la alcoholismo, drogas,  y tambien hay agravantes.

Articulo 136 Codigo Penal, regula la cancelacion de antecedentes penales, debe de cumplir segun la clase de delito, muy grave, grave, menos grave, leve, un determinado plazo sin cometer delito, plazo que abarca desde los 5 años muy grave a los 6 meses leve. CONSULTENOS SU CASO. 91 306 31 05

DERECHO PROCESAL PENAL

•LAS NULIDADES EN EL PROCESO PENAL
◦I. Nulidades de actuación
◾1. Violación al orden publico procesal: LAS LEYES violadas afectan al orden publico procesal o sustantivo de carácter tan imperativo que dan lugar a vicios absolutos e insubsanables recursos extraordinarios de casación por quebrantamiento de forma, recursos de revisión, recursos de reforma, apelación, suplica o queja.

◾2. Nulidad de pleno derecho :

Actos judiciales producidos con falta de jurisdicción o de competencia objetiva

Cuando se realicen bajo violencia o bajo intimidación

 

  • Cuando se prescinda absolutamente de las normas esenciales de procedimiento

    ◦II. Derecho a la asistencia de letrado
    ◦Un tribunal nombra un Abogado y Procurador de oficio, sin tener en cuenta que el recurrente ya se encuentra personado ante dicho Tribunal por medio de Procurador y Abogado de su elección.
  • Se tiene que informar al inculpado al tomarle declaración de sus derechos
  • Este derecho no se agota en el proceso sino que se extiende también a la ejecución de la sentencia

    Consecuencia: nulidad de los actos afectados.

  • III. Nulidades relacionadas con el sumario
  •  Procedimiento en caso de denegación de pruebas
  • Prueba propuesta RELEVANTE para la determinación del litigio y PERTINENTE.
  • ◾II. La inviolabilidad del domicilio

 

la entrada y registro del domicilio deben ser decretadas por el Juez o Tribunal mediante auto fundado en indicios constatables en actuaciones

Deben efectuarse en presencia del Secretario

 

  • en el supuesto de efectuar el registro como consecuencia de un mandamiento de prisión o ante un delito flagrante, se dará cuenta inmediata a Juez competente

 

III. Prueba testifical
◾IV. Prueba pericial

 

  • UTILIZACION DE PERITOS, analisis de Drogas ,forense lesiones,  malos tratos.
    V. Prueba documental
    ◾VI. Prueba consistente en la reconstitución de hechos
    ◾VII. Las intervenciones telefónicas
  • Pinchazos telefonicos
  • •Exclusivamente judicial  la medida o especialidad : solo la autoridad judicial competente puede autorizarla con finalidad exclusiva de proceder a la investigación de un delito concreto. Se rechazan las intervenciones predelictuales o de prospección. Ha de realizarse en el marco de un proceso penal abierto. Especial atención al auto inicial que permite las escuchas, en caso de que no estén debidamente justificadas puede ser causa de nulidad constitucional
    •Fundamentación de la medida: no solo en el acto inicial sino en las sucesivas prorrogas + en el doble sentido de su proporcionalidad y motivación
    •Control judicial: en el desarrollo, prorroga y cese de la medida (remisión de las cintas al juzgado); las transcripciones escritas no constituyen un requisito legal; supervisión procesal mientras tiene lugar la intervención para constatar si hay razones para su mantenimiento, además de que la selección de las conversaciones con utilidad probatoria por el juez y nunca por la policía y la eliminación de las no relacionadas con los hechos investigados.
    •Excepcionalidad: debe acreditarse una previa y suficiente investigación policial + indicios racionales de un delito y de que por la observación telefónica se podría conseguir datos importantes para acreditarlo
    •Proporcionalidad: gravedad de los delitos y trascendencia social del tipo.Consecuencia: se pronuncia la ineficacia a efectos probatorios del resultado de la intervención telefónica. Nulidad absoluta, insubsanable que arrastra/contamina a todas aquellas otras pruebas directamente relacionadas y derivadas de las intervenciones telefónicas.
  • Doctrina del arbol envenenado.

 

    He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Privacidad

     Hacemos incapie en abogado penalista a nuestros valores, tratamiento pormenorizado del caso, honestidad, transparencia, claridad, comunicación continua abogado directo-cliente, excelente trato, individualización y trato personalizado.

    Call Now Button